Lo primero que hay que hacer es dirigirse al motrador de la compañía con la que hayas realizado el vuelo y pedir el formulario P.I.R. (Parte de Irregularidad de Equipaje). Ten siempre en cuenta que, para reclamar, hay unos plazos establecidos de 10 días para vuelos nacionales y 7 para internacionales. Las indemnizaciones en caso de pérdida o deterioro, lógicamente, están estipuladas por leyes reguladas por el Convenio de Montreal de 1999 y, a nivel nacional, por la Ley de Navegación Aérea y el Real Decreto 37/2001. Las cantidades especificadas en estas leyes están valoradas en DEG (Derechos Especiales de Giro), que es una unidad monetaria fluctuante que equivale en torno a 1,13 €. Normalmente las compensaciones económicas estan alrededor de 19 € por Kg facturado hasta un máximo de unos 560 €, en vuelos nacionales. En vuelos internacionales dependen del país, siendo una media de 28 € por Kg hasta un máximo de 1.100 €. Por supuesto si, al facturar, se hubiera declarado el valor del equipaje (por lo que habrá que pagar una cuota), la indemnización corresponderá al valor de dicho equipaje. Y, a partir de hacer la reclamación, solo queda esperar a que te devuelvan tu maleta sana y salva o a que te den el dinero. Eso sí, aconsejo ir llamando periódicamente para saber el estado en el que se encuentra tu expediente. Saludos respondido 10 Mar 2011, 11:43 Wilford |
Publica tu propia pregunta si no se han resuelto tus dudas.