Queda totalmente prohibida la introducción de carne, productos cárnicos, leche y productos lácteos.
Existen las siguiente excepciones:
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Leche en polvo para lactantes, alimentos para lactantes y alimentos especiales exigidos por razones médicas, siempre que el producto no requiera ser refrigerado antes de su apertura, se trate de un producto de marca comercial envasado y que el envase esté intacto.
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Paquetes personales que contengan carne, productos cárnicos, leche y productos lácteos a través de los puntos de entrada en la Comunidad específicamente designados, si han obtenido la documentación necesaria de los servicios veterinarios oficiales del país que procedan y declaren estas mercancías y presenten la documentación correspondiente a su llegada a la frontera comunitaria a efectos de control veterinario.
También te será te utilidad este enlace de la web de la Comisión Europea.
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20 Sep 2011, 15:52
dkatime
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